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INFORMACIÓN PARA LAS FAMILIAS
Becas y ayudas

Ayudas para alumnado con necesidad específica de apoyo educativo del Ministerio de Educación y Formación Profesional

 

(Esto es un extracto general de la convocatoria. Para más información, se aconseja consultar la última convocatoria oficial publicada en el BOE o a través del enlace de la página web del MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL: https://www.educacionyfp.gob.es/servicios-al-ciudadano/becas-ayudas.html)

 

¿En qué consisten estas ayudas?

Se trata de ayudas destinadas al pago de alguno de los siguientes servicios:

(hemos señalado aquí los que de manera más frecuente solicitan los alumnos de los centros del sector del EOEP)

  • Reeducación del lenguaje y/o reeducación pedagógica en gabinetes psicopedagógicos convenientemente acreditados.
  • Asistencia a programas específicos para el alumnado con altas capacidades intelectuales
  • Transporte para acudir al Aula de estimulación Temprana, en la mayoría de los casos.
  • Transporte para alumnos que utilizan la residencia del CEE / Escuela Hogar.
  • Compra de material específico para atender a las necesidades específicas del niño o niña.
  • Libros y material didáctico (a partir de educación primaria)
  • Comedor escolar (si se ha solicitado la ayuda convocada por la Junta de Castilla y León y no ha sido concedida).

La ayuda debe destinarse únicamente al pago de estos conceptos. Por ello, es importante conservar a lo largo del curso todas las facturas o justificantes del gasto, ya que al final del curso nos pueden pedir que las presentemos y exigirnos la devolución del dinero en caso de no poder justificarlo convenientemente.

 

 

¿A quién van destinadas?

Estas ayudas se dirigen al alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo derivadas de discapacidad, trastornos graves de conducta, TDAH y altas capacidades intelectuales. Se pueden beneficiar también alumnos y alumnas con trastornos del espectro del autismo (TEA), retraso madurativo y trastornos graves del lenguaje (afasia/TEL).

El alumnado deberá estar cursando alguno de los siguientes niveles educativos:

  • Educación Infantil
  • Educación Primaria
  • Educación Secundaria Obligatoria
  • Bachillerato
  • Ciclos formativos de grado medio y superior
  • Enseñanzas artísticas profesionales
  • Formación Profesional Básica
  • Programas de formación para la transición a la vida adulta
  • Otros programas formativos de formación profesional

Para beneficiarse de estas ayudas es necesario, además, cumplir unos requisitos de carácter económico, que se pueden ver en la convocatoria.

¿Cómo solicitarlas?

Podéis solicitar estas ayudas a través de dos vías:

A) Rellenar la solicitud on-line (ordenador), imprimirla y presentarla en la Secretaría del colegio/instituto.

B) Rellenar la solicitud on-line y presentarla de forma telemática (es decir, a través de internet). Para hacerlo así, es necesario disponer de firma electrónica. Si no disponéis de ella, deberéis optar por la opción A).

Uno de los apartados de la solicitud debe ser cumplimentado por los profesionales del gabinete al que va a acudir el niño o niña. Si quieres saber qué gabinetes trabajan en Ponferrada, ponte en contacto con la orientadora del colegio o la profesora de Servicios a la comunidad.

Las profesionales del equipo de orientación pueden ayudarte a cumplimentar la solicitud si necesitas ayuda, fijando previamente una cita.

El plazo de solicitud suele abrir a finales de julio y permanece abierto hasta finales de septiembre. No es recomendable esperar a los últimos días, ya que a la solicitud deben acompañar el anexo del gabinete y un informe de la orientadora, y a veces esto no puede hacerse de forma inmediata.

¿Cuándo se hace el pago?

Lo habitual en las convocatorias anteriores ha sido que, durante el mes de noviembre, las familias recibiréis en vuestro correo electrónico una notificación en la que se os indica si la beca ha sido concedida o no. En el caso de estar concedida, se especifica el concepto y la cantidad en euros. En el caso de no ser concedida se especifica el motivo y el modo y plazo para hacer las alegaciones pertinentes (si fuera el caso). El ingreso del importe concedido se hace, por lo general, en las siguientes semanas.

 

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